El registro de la jornada laboral para todos los trabajadores es obligatorio desde abril de 2018 con el objetivo de acabar con las horas extras no remuneradas.
La Audiencia Nacional establece que no es válido que el trabajador firme una hoja de papel para hacer el registro de la jornada. El registro debe incluir las obligaciones recogidas en el Real Decreto-Ley 8/23019, que añadió al artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores (ET) un nuevo apartado 9 que dispone lo siguiente: "la empresa debe garantizar el registro diario de jornada, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria". Es decir, la Audiencia Nacional ha indicado que no es válido aquel registro de jornada que hace una estimación del inicio y del final de la jornada del emplead@ y que se documenta en papel. Así, la empresa no puede apuntar la hora de entrada y salida del trabajador@ para que este solo firme.
Recordemos que la legislación indica que la empresa debe conservar las firmas de entrada y de salida durante 4 años y deben estar a disposición de los trabajadores, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
Es necesario que las empresas cuenten con un sistema de registro de jornada fiable y objetivo, que mida el tiempo real de la jornada de Trabajo de cada trabajador.
Desde TAX te ofrecemos una solución para registrar la jornada de los trabajadores que cumple con los requisitos legales establecidos. El Portal del Empleado de TAX es una herramienta online que permitirá a los trabajadores registrar la jornada a través de ordenador, móvil con geolocalización o tablet con código PIN o reconocimiento facial.
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