El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha propuesto un anteproyecto de ley que tiene como objetivo reducir la jornada laboral máxima y establecer un registro horario digital para todas las empresas. Aunque está pendiente de aprobación, señala cómo deberá realizarse el registro horario y qué sanciones pueden tener las empresas que no cumplan con la nueva normativa.
¿Cómo deberá realizarse el registro horario?
- Deberá ser digital y accesible para cada trabajador y de forma remota para representantes sindicales y la Inspección de Trabajo.
- Incluir todo el tiempo de trabajo. Desde el inicio y hasta el fin de la jornada reflejado en el registro será considerado tiempo de trabajo efectivo.
- El tiempo que exceda la jornada ordinaria será considerado como horas extraordinarias o complementarias.
¿Qué sanciones pueden tener las empresas que incumplan la normativa?
- Se considerará una infracción por cada trabajador afectado en casos de ausencia de registro, omisión de datos o inclusión de datos falsos o inexactos.
- Multas de hasta 10.000 euros por cada trabajador con el que se incumplan las normas.
- Se ha establecido una escala de sanciones:
- Grado mínimo: 1.000 a 2.000 euros.
- Grado medio: 2.001 a 5.000 euros.
- Grado máximo: 5.001 a 10.000 euros.
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